lunes, 20 de mayo de 2013

APORTES GUBERNAMENTALES EN PRO DE LA PROFESION DOCENTE.

















                          http://www.youtube.com/watch?v=GtmiZVszx-4

 
 
 
ESTATUTO DE LA PROFESION DOCENTE EN  REPUBLICA DOMINICAN
 


 

 
 
 
 
 

3 comentarios:

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  2. Este estatuto nos habla de formación, de derechos y deberes de los profesionales de la docencia, de la carrera profesional, de la autoridad del docente, Conforme lo establece el artículo 78 del Estatuto Docente, las relaciones laborales entre los empleadores
    educacionales del sector particular y los profesionales de la educación que laboran en ellos, entre los que se
    encuentran los establecimientos educacionales particulares subvencionados, son de derecho privado y se rigen por
    las normas del Código del Trabajo y sus disposiciones complementarias en todo aquello que no esté expresamente
    contenido en el Título IV de dicho estatuto. El estatuto como pudimos ver le muestra al docente las normas que este no debe romper y a las cuales debe de acatarse algo que llamo mucho mi atención as que aunque el docente se encuentre en sus respectivas vacaciones no puede salir del país sin permiso de sus superiores es decir la responsabilidad ante todo.

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  3. El estatuto docente no es más que la ley que reglamenta los deberes y derechos del docente, además las obligaciones de este. Como docente debemos conocer e interpretar el contenido de este documento.
    Hay que tener en cuenta que ante cualquier situación siempre es recomendable leer el Estatuto del Docente, es nuestra prueba por escrito de los derechos que nos corresponder.
    Att: Martha Tavarez.

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